SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1672/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
II.5.
II.5. El 3 de mayo de 2005, la Junta Vecinal de la zona villa “Eduardo Avaroa”, mediante nota dirigida a Tomás Surco y firmada por Esteban Flores, Paulina Aguilar y Juana Espinosa como Presidente, Vicepresidenta y Secretaria de la OTB del mismo nombre, le hacen conocer que los vecinos emitieron un Voto Resolutivo señalándole que no se responsabilizarán por las acciones de los vecinos (fs. 10). El Voto Resolutivo 002/05 señala que en Asamblea General, la mayoría de los vecinos resuelven “Dar un término de 48 horas al Sr. Surco y su familia para el abandono inmediato del área verde, con todos sus enseres, chatarras y los recientes adobes depositados en el lugar” (sic), y “que transcurrido el plazo fijado, si la familia Surco no abandonaba el área verde en cuestión se tomará acciones de hecho más drásticas de las que no se responsabilizaran” (sic) (fs. 11).