Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1672/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes afirman que se ha vulnerado sus derechos al debido proceso, a la defensa y a la propiedad reconocidos en los arts. 16 y 22 de la CPE, por cuanto los recurridos les han comunicado que conforme al Voto Resolutivo emitido por la Junta Vecinal ésta les otorga el plazo de cuarenta y ocho horas para que abandonen su propiedad como si ésta fuera un área verde, y les han advertido que no se responsabilizan por las acciones en caso de no abandonar su lote. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.