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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1569/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1569/2005-R

    Fecha: 05-Dic-2005

    2º

    2º Dejar sin efecto la conformación y actuaciones del Comité de Vigilancia, así como la elección, posesión y actuaciones del Directorio paralelo corecurrido, debiendo éstos entregar las oficinas, bienes y recursos económicos  de la Asociación a los recurrentes, sin perjuicio de que puedan seguirles el proceso interno correspondiente ante el Tribunal de Honor de la entidad si lo consideran pertinente.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • I.2.2. Informe de las personas recurridas
    • procedente
    • a)
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • 2º

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