SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1569/2005-R
Fecha: 05-Dic-2005
Fragmento 3
Con esos antecedentes plantean recurso de amparo constitucional contra Félix Oruro Choque, Edwin Natalio Limachi, Francisca Clemente Vda. de Vilacahua, Teodoro Tola y Natividad de Barrios, miembros del Comité de Vigilancia de la Asociación de Comerciantes Minoristas y Vivanderos del mercado Uyuni y otros, pidiendo se les conceda el mismo y se declare procedente, por ende, se disponga: a) el desconocimiento del Comité de Vigilancia; b) la entrega y depósito en el día de llaves, dineros recibidos, documentos, y demás bienes y oficinas del Directorio en el mercado Uyuni a sus personas, bajo inventario y detalle; c) la nulidad de la posesión del falso Directorio, de su elección y de todos los actos realizados hasta la fecha, ordenando la restitución del Directorio conformado el 22 de diciembre de 2004; d) se reabran todas las puertas de las oficinas del mercado Uyuni, Directorio, mingitorio y otras dependencias; e) se califiquen los daños y perjuicios a la institución en Bs1000.- por cada recurrido, sea con costas y multa.