SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1581/2005-R
Fecha: 05-Dic-2005
derecho a la defensa
Esta garantía constitucional entre sus elementos constitutivos cuenta con el derecho a la defensa; el derecho a un juez o tribunal natural, competente, independiente e imparcial; el derecho a la presentación amplia de la prueba pertinente del imputado o encausado, el derecho que tiene toda persona a ser escuchada en un proceso legal antes que de que se asuma determinaciones que le afecten en su persona, sus bienes y su situación jurídica en general. El derecho a la defensa a su vez significa que toda persona procesada, en cualquier materia, tiene derecho a defenderse en forma irrestricta. Es, a la vez, una garantía que tiene la finalidad de que dicha persona pueda encarar el proceso en igualdad de condiciones con quien la procesa, que se respeten en juicio sus derechos y garantías constitucionales. (SC 1262/2001-R, de 29 de noviembre).