SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1586/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1586/2005-R

Fecha: 09-Dic-2005

II.2.

II.2.  En la audiencia de consideración de medidas cautelares verificada el 25 de octubre a horas 9:30, no consta que los imputados hubieran realizado observación alguna sobre la imputación limitándose a asumir su defensa respecto a los presupuestos del art. 233 del CPP. De ese modo el Juez cautelar después de escuchar a las partes pronunció la Resolución 305/2005, en la que amparándose en la previsión de los arts. 233, 234 incs. 2, 4) y 5) y 235 incs. 1) y 2) del CPP dispuso la detención preventiva de los recurrentes, en el Penal de San Pedro y en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes, respectivamente (fs. 23-26). En dicho actuado la abogada defensora de los imputados hizo protesta de interponer el recurso de apelación. Los imputados fueron notificados en forma personal con la Resolución de detención preventiva ese mismo día a horas 10:55 (fs. 27).