Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1595/2005-R
Fecha: 09-Dic-2005
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente a través de su abogado ratificó y reiteró in extenso el tenor íntegro de su demanda, añadiendo que todo proceso disciplinario debe concluir dentro el plazo máximo de 20 días y no de 3 años como ocurrió en su caso; proceso en el que la resolución que la sancionó, se fundó en simples informes y no en pruebas.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- a) La legitimación pasiva como requisito de admisibilidad de forma del amparo y los efectos ante su inobservancia tanto en etapa de admisión, así como en revisión ante este Tribunal
- b) La legitimación pasiva y la exigencia de interponer el amparo contra las autoridades de la última instancia
- III.2. El caso de examen
- APROBAR