SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1595/2005-R
Fecha: 09-Dic-2005
II.1.
II.1. El 19 de enero de 2004, (fs. 46 y 374) el Tribunal Disciplinario del Cercado I, a denuncia de la Junta Escolar y Personal Docente de la Unidad Educativa “Gualberto Villarroel”, dispuso el inicio del proceso administrativo contra la profesora Celina Illanes Salazar -ahora recurrente-, en su condición de Directora de la mencionada Unidad Educativa, por existir indicios de haber contravenido los arts. 9 incs. b), d), f), 10 incs. a), c), e), f), ll); 11 incs. a), b), c), h), f) y m) de la RS 212414; citándola y emplazándola a objeto de que preste su declaración informativa. Con dicha resolución se le notificó el 9, 12 y 18 de febrero de 2004 (fs. 48 , 77, 78 y 79; así como 375 y 376); el 30 de abril de 2004 (fs. 55; así como 377) y el 6 de mayo de 2004 (fs. 54); evidenciándose en dichas diligencias que fueron recibidas por la actora conforme consta su firma y sello.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- a) La legitimación pasiva como requisito de admisibilidad de forma del amparo y los efectos ante su inobservancia tanto en etapa de admisión, así como en revisión ante este Tribunal
- b) La legitimación pasiva y la exigencia de interponer el amparo contra las autoridades de la última instancia
- III.2. El caso de examen
- APROBAR