SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1622/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1622/2005-R

Fecha: 13-Dic-2005

II.3.

II.3.  El 1 de septiembre de 2004, el recurrente recibió el oficio GRH-CJ-2428/04, de 31 de agosto, por el que el Gerente de Recursos Humanos del Consejo de la Judicatura le comunicó que en virtud al proceso de reestructuración de la Unidad de Auditoría Interna, y en cumplimiento al Acuerdo 205/2004, a partir del 1 de octubre del año en curso, su persona debía dejar de ejercer las funciones de Director de esa Unidad y  en ese tiempo preparar el informe solicitado por el Pleno de ese Consejo y hacer uso de su vacación  pendiente (fs. 13).