SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1692/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1692/2005-R

Fecha: 19-Dic-2005

III.3.

III.3. Por otra parte, corresponde señalar que si bien en la fundamentación del recurso los recurrentes se refieren a la actuación y resolución emitida por el Juez Primero de Sentencia en lo Penal, al momento de señalar con precisión contra quien se interpone el amparo indican: “(…) el Juez Segundo de Sentencia en lo Penal a cargo del Dr. Mírale Salguero Palma”, de lo que se concluye que respecto a dicha autoridad existe falta de legitimación pasiva, puesto que de acuerdo a la jurisprudencia constitucional la legitimación pasiva es: “(…) la calidad que se adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos y aquella contra quien se dirige la acción (…)”. Así las SSCC 984/2002-R, 455/2004-R, 657/2004-R y 38/2005-R, entre otras; coincidencia que no se da entre la autoridad recurrida y el Juez que emitió la Resolución de 22 de septiembre de 2004 que rechazó la excepción de extinción de la acción penal, tornándose en consecuencia improcedente el recurso contra el Juez Segundo de Sentencia por falta de legitimación pasiva para ser recurrido.