AUTO CONSTITUCIONAL 0005/2005-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0005/2005-ECA

Fecha: 17-Feb-2005

d)

d)   Manifiesta que Tribunal  sostiene que no existe proceso o juicio penal en contra de su mandante, ignorando  que el Fiscal General de la República,  ha requerido por la acusación penal, el 23 de septiembre de 2003, hace aproximadamente un año y medio atrás. Como consecuencia  de esa acción se han tomado medidas precautorias como la anotación de los bienes propios  de los enjuiciados y otras que restringen derechos constitucionales. El Código  de procedimiento penal de Bolivia, establece que el derecho de defensa es irrestricto desde el primer acto del procedimiento. El Pacto de San José de Costa Rica claramente garantiza la defensa del imputado desde el inicio mismo del procedimiento; alega que la Sentencia Constitucional revierte estos principios y consagra que durante estos procedimientos no es permitido el derecho de defensa y que  no se necesita siquiera citar a los imputados.