Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0005/2005-ECA
Fecha: 17-Feb-2005
f)
f) Señala que está persuadido que el Tribunal puede rechazar esta solicitud de complementación y enmienda “como lo hace en muchos casos en los que prefiere no abordar las contradicciones de su fallo”. Puede hacerlo cerrando la posibilidad de defensa de derechos constitucionales violentados por las resoluciones tomadas por el Congreso de la República; sin embargo, la respuesta será elevada ante la Comisión Interamericana de Derecho Humanos y el propio Tribunal que consagra el Pacto de San José de Costa Rica, para que la “vergonzosa Sentencia” sea revertida por constituir un proceso negador de los derechos esenciales del proceso entendido como garantía constitucional.