AUTO CONSTITUCIONAL 0007/2005-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0007/2005-CDP

Fecha: 02-Feb-2005

I.1.

I.1.   Notificada la SC 138/2001-R, de 15 de febrero, el 8 de marzo del mismo año, el recurrente presentó memorial el 14 de enero de 2002 solicitando la apertura de término probatorio para calificación de daños y perjuicios, disponiéndose por Auto de 15 de enero de 2002 la apertura de un plazo incidental de ocho días comunes y perentorios a las partes a fin de establecer los daños y perjuicios ocasionados por las autoridades recurridas (fs. 106 a 107); el 3 de octubre de 2002 el recurrente presentó memorial solicitando la notificación con el término de prueba y se ordene la retención de haberes de los recurridos así como la anotación de todos sus bienes y derechos (fs. 108).