Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0013/2005
Fecha: 11-Feb-2005
admitió
Por AC 634/2004-CA, de 25 de noviembre, se dispuso que el recurrente subsane deficiencias formales observadas (fs. 61), cumplido lo cual, mediante AC 664/2004-CA, de 8 de diciembre (fs. 65 a 67) se admitió el recurso, disponiendo la citación de la autoridad demandada para que responda y remita los antecedentes, cumpliéndose la diligencia el 13 de diciembre de 2004, según consta a fs. 91.