SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0013/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0013/2005

Fecha: 11-Feb-2005

III.3.

III.3. Asimismo, los AACC 554/2004-CA y 580/2004-CA, de 5 y 21 de octubre, respectivamente, no constituyen en sí mismo un desconocimiento de la personería de César Suárez Saavedra como Fiscal General de la República en el recurso directo de nulidad intentado de su parte en aquella oportunidad, según afirma el recurrente, puesto que el primero de los Autos  Constitucionales citados observa el incumplimiento de los requisitos y condiciones que hacían a la admisibilidad del recurso, a los efectos de admitirlo o rechazarlo, habiéndose dispuesto la subsanación de defectos formales, que al no haber sido salvados, determinaron que a través del segundo de los Autos Constitucionales señalados, la Comisión de Admisión disponga se tenga por no presentado el recurso, motivo por el cual no se llegó a dilucidar la problemática de fondo planteada, como tampoco se emitió pronunciamiento alguno respecto al reconocimiento o no de la personería del actor, limitándose a declarar que éste al no haber subsanado las deficiencias formales observadas, el recurso se tenía como no presentado, consecuentemente, ninguno de los referidos Autos Constitucionales puede ser utilizado para sustentar la falta de jurisdicción, competencia o usurpación de funciones del recurrido como pretende el ahora recurrente.