SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0106/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0106/2005-R

Fecha: 02-Feb-2005

procedente

Concluida la audiencia, el Juez del recurso lo declaró procedente, disponiendo que la Jueza recurrida convoque a audiencia dentro de las veinticuatro horas siguientes, para la cesación de la detención preventiva y la imposición de medidas sustitutivas, determinando el pago, daños y perjuicios con los fundamentos siguientes: a) la Jueza corecurrida negó la cesación de la detención preventiva porque las recurrentes no presentaron certificación domiciliaria, el mismo que les fue negado por no tener pasaporte ni carnet de extranjería, obviando el cumplimiento de analizar la legalidad formal y material de la detención, tal como estableció la SC 957/2004; b) la SC 1154/2004 señala que la propiedad del domicilio sólo es un elemento de prueba que junto a otros, permiten establecer objetivamente el domicilio o residencia habitual del imputado.