Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0113/2005-R
Fecha: 02-Feb-2005
III.2
III.2 Realizadas esas precisiones corresponde ingresar al análisis de la problemática planteada, en la cual los recurrentes denuncian que el Juez recurrido de manera oficiosa sin que el Fiscal y la víctima la hubiesen solicitado, dispuso su detención preventiva, sin que además existan elementos de convicción que hagan viable esa Resolución.