Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0140/2005-R
Fecha: 11-Feb-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente arguye que los recurridos conculcaron sus derechos a la seguridad jurídica, a la legítima defensa, al debido proceso y al trabajo, por cuanto en la Asamblea ordinaria de socios de la Cooperativa “Catedral de Tarija” Ltda., realizada el 3 de abril de 2004 y presidida por una persona carente de la calidad de socio habilitado, se le censuró como Presidente del Consejo de Administración, disponiendo su destitución, sin previo proceso. Corresponde, en revisión, analizar si en este caso se debe otorgar la tutela buscada por el actor.