SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0193/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0193/2005-R

Fecha: 09-Mar-2005

III.      FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente afirma que se han vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica, al debido proceso y al juez natural previstos por los arts. 7 inc. a), 14 y 16 de la CPE, ya que por una parte, el Juez Técnico, José Alfredo Figueroa Rocha y los jueces ciudadanos Oscar Tawa Jiménez y Pilar Barberi, dentro del juicio oral y público seguido por el Ministerio Público contra Napoleón Franco Cuéllar y Ana María Talavera Mae, por la comisión del delito incurso en el art. 55 de la L1008, dispusieron  la exclusión de las documentales más importantes en el presente caso así como también las evidencias, con el argumento de la supuesta obtención de prueba ilícita, arrogándose las funciones de la defensa al manifestar que el delito cometido no era flagrante, que no era cierto que los policías intervinientes hayan visto la posesión de sustancias controladas y que no conocían los nombres de los autores del delito, atentando y entorpeciendo el trabajo del Ministerio Público; y por otra, denuncia que Jorge Monasterio Franco, Juez del Tribunal Primero de Sentencia de Beni; Marlene Arteaga Vaca, Jueza del Tribunal Segundo de Sentencia y José Luis Sotillo Flores, Juez Ciudadano, infringieron procedimiento al haber llamado para integrar el Tribunal a la Jueza del Tribunal Segundo de Sentencia, pretendiendo erróneamente resolver el incidente en el mismo Tribunal, constituyéndose en jueces y parte, y sin dar cumplimiento a las previsiones del art. 320.1 del CPP,  pronunciaron Resolución rechazando la recusación y desestimando el requerimiento de enmienda y complementación, cuando dicha recusación debió ser remitida al Tribunal de alzada. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.