SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0220/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0220/2005-R

Fecha: 15-Mar-2005

III.2.

III.2. En el caso que se examina, se evidencia que el representado del recurrente, Ricardo David Schayman Klein inició la construcción del actual edificio “San Ignacio” en 1996, una vez que sus planos se encontraban debidamente aprobados por la Alcaldía de La Paz -extremo que no ha sido desvirtuado por las autoridades recurridas-, sin embargo, ante la paralización de obras que instruyó la Unidad de Fiscalización Territorial el 28 de agosto de 1998 hasta que se presente la documentación que avale la legalidad de la edificación, cumplió con tal observación, por lo que la Administración de Normas y Unidad Técnico Legal de la Subalcaldía de la zona Sur, mediante memorando de 9 de septiembre de ese año, le autorizó a continuar con la obra, empero, se reiteró la paralización de trabajos por memorando de 14 de septiembre, emitiéndose los Informes UAN 234/98 y 236/98 de 18 y 28 de septiembre por el Fiscal de Zona y por el Jefe de Administración de Normas, respectivamente, en sentido de que no era procedente paralizar las obras ya que dicha construcción se regularizó con la documentación requerida, por lo que correspondía proseguir con la misma, mas por RA 51/99 de 12 de julio de 1999 el Director de Administración Territorial de la Alcaldía declaró nula y sin efecto la aprobación de los referidos planos, debiendo instaurarse proceso técnico-administrativo de imposición de multas y sanciones, y paralizarse las obras.