Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0245/2005-R
Fecha: 18-Mar-2005
III.1.
III.1. A efecto de determinar si corresponde ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada, es preciso reiterar la línea jurisprudencial asumida por este Tribunal a partir de la SC 1865/2004-R, de 1 de diciembre que sobre el ámbito de acción tutelar del hábeas corpus cuando se alega procesamiento indebido establece:
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad
- el sentido de protección que la Ley Fundamental otorga a través del hábeas corpus, no está destinado a que los procesados que por negligencia no impugnaron la supuesta lesión al debido proceso, y dentro de éste el derecho a la defensa
- III.2.
- APROBAR