SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0253/2005-R
Fecha: 18-Mar-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente manifiesta que en la audiencia de cesación de detención preventiva de 24 de diciembre de 2004, se dispuso su libertad al cumplimiento de las medidas sustitutivas a la detención preventiva, como son: prohibición de salir del país, fianza económica de Bs20.000.- y verificación domiciliaria y del lugar de trabajo. Que el asignado al caso, Cabo Juan Aliaga, conjuntamente la Actuaria del Juzgado verificaron su domicilio, cumpliéndose de esa manera con los requisitos exigidos; sin embargo, el Juez recurrido no expidió el mandamiento de libertad correspondiente desde el 7 de enero de 2005, sólo porque el funcionario policial no entregó su informe, no obstante la verificación del referido domicilio, impidiendo su libertad y manteniéndole en detención indebida; extremo que es inadmisible, por lo que interpone el presente recurso. Corresponde, entonces, verificar si los extremos demandados se encuentran dentro del ámbito de protección del art. 18 de la CPE.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- no puede disponer expresamente la cesación de una medida detención preventiva, para posteriormente condicionar la libertad del detenido a otras exigencias o requisitos que no se han estipulado en la resolución de concesión,
- III.3.
- III.4.
- APROBAR