Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0259/2005-R
Fecha: 23-Mar-2005
Fragmento 16
En forma congruente con las normas y la jurisprudencia glosada, se debe concluir que para tramitar la responsabilidad administrativa del recurrente, ante las denuncias efectuadas en su contra, son aplicables las normas específicas emitidas para el sector de la educación, contenidas en el Reglamento de la Carrera Administrativa del Servicio de Educación Pública, aprobado mediante RM 062/00, de 17 de febrero de 2000.