AUTO CONSTITUCIONAL 0011/2005-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0011/2005-ECA

Fecha: 25-Abr-2005

I.4.

I.4.    El Tribunal Constitucional, en el FJ III.4 de la Sentencia cuya aclaración solicita, no ha tomado en cuenta que la Resolución 438/2002 que rechazó injustamente la interposición de sus incidentes de nulidad, no resulta ser un auto de mero trámite o un auto interlocutorio simple, por cuanto falla sobre el fondo del proceso en cuanto a la tramitación y procedencia del fraudulento proceso de quiebra interpuesto por Espintbol por no haberse cumplido con los requisitos establecidos por ley para su procedencia. Solicitan se complemente y aclare porqué se considera a dicha resolución como un auto interlocutorio simple y no definitivo.