SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0296/2005-R
Fecha: 05-Abr-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el memorial presentado el 6 de enero de 2005 (fs. 178, 179 y vta.), la recurrente aduce que su prima y representada Shirley Ruiz Añez se encuentra injusta e ilegalmente perseguida desde el 9 de diciembre de 2004, sobre la base de un mandamiento de aprehensión expedido por el Fiscal demandado sin previa citación legal, dentro de la etapa preparatoria seguida en su contra a instancia de Rolando Domínguez Soleto en supuesta representación de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Jesús Nazareno Ltda.” por los presuntos delitos de estafa agravada y manipulación informática, no obstante que se le dejó aviso policial el 6 de diciembre de 2004, en sentido de que debía esperar al Oficial asignado al caso el 7 del mismo mes y año; sin embargo, la citación no llegó a efectuarse, enmarcando la actuación del Fiscal recurrido fuera de lo establecido por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional que señala que “sobre un acto nulo nada puede constituirse” y “que para aprehender a una persona denunciada debe citársela previamente por dos veces consecutivas”.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata.
- III.2.