SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0300/2005-R
Fecha: 05-Abr-2005
(fs. 38 vta.)
Atendiendo dicho requerimiento el Fiscal del Distrito a.i. de Pando, en la misma fecha requirió porque el Director de la PTJ, notifique a los ocupantes para que de manera voluntaria se abstengan de seguir ocupando los predios o en su caso se presenten con la que acredite el derecho que les asistía, bajo conminatoria de Ley, asimismo dispuso “De no obedecer el presente requerimiento serán pasibles a sanciones que la ley impone” (fs. 38 vta.). Con este requerimiento, el 28 del mismo mes y año se notificó a los ocupantes, quienes “recibieron la notificación y se rehusaron a firmar”, según se refiere en el acta de notificación elaborada por el funcionario policial Luis Morales Condori, quien consignó todos los nombres y apellidos de los ocupantes (fs. 39).