SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0300/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0300/2005-R

Fecha: 05-Abr-2005

III.4.

III.4.    Con referencia a que debiera declararse improcedente el recurso por haber sido presentado extemporáneamente, el argumento también queda desvirtuado puesto que de la misma aseveración de la parte recurrida se establece que la ocupación ocurrió el 5 de abril de 2004, de modo que los seis meses recién debían cumplirse el 5 de octubre de 2004, y en el caso, el recurso fue presentado el 2 de ese mes y año, vale decir, antes de que se cumpliera el plazo razonable para solicitar la tutela.