SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0310/2005-R
Fecha: 06-Abr-2005
Fragmento 11
En los hechos que dieron lugar al presente recurso, del exhaustivo análisis de los datos del proceso administrativo seguido contra el recurrente, se verifica que el recurrido no participó en ellos, pues el mencionado Tribunal estuvo conformado por otras personas, y la apelación fue planteada ante el Prefecto y el Director Departamental de Desarrollo Social de la Prefectura del departamento de Santa Cruz, en consecuencia el recurrido no ostenta legitimación pasiva, pues no realizó ningún acto contra el recurrido, ya que los actos que éste denuncia fueron cometidos por las instancias referidas, por tanto no le asiste al recurrido la capacidad jurídica para ser demandado en el presente recurso, lo que también ocasiona la improcedencia del recurso.