SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0310/2005-R
Fecha: 06-Abr-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente solicita tutela de los derechos al trabajo, a la defensa y a la inamovilidad en la docencia, consagrados en los arts. 7 inc. d), 16.II y 184 de la CPE, concordante con el art. 38 de la LRE y 73 del Reglamento del Escalafón Nacional del Servicio de Educación, que considera fueron vulnerados, pues fue destituido del cargo de Director Distrital de Educación, en un proceso administrativo irregular, ya que la prueba de cargo fue tomada en forma reservada; el Tribunal cambió sus integrantes dos veces, habiendo dictado la Resolución personas que no formaban parte de él; las faltas imputadas de cambio de una maestra que tenía problemas mentales y el uso de recursos económicos provenientes de multas fueron actos autorizados y por último se le destituyó también de su condición de maestro de Estado. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.