Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0336/2005-R
Fecha: 08-Abr-2005
II.2.
Piérola no elevó el informe solicitado en el plazo de ley, reiterando su solicitud de sustitución de esta autoridad por otra (fs. 5). A través del proveído de 21 de agosto del pasado año, el Fiscal recurrido reiteró que el representante del Ministerio Público Anuncio Piérola informe en el día (fs. 5 vta.).
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 16
- APRUEBA