Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0347/2005-R
Fecha: 12-Abr-2005
procedente en parte
En consecuencia, la situación planteada no se encuentra dentro de los alcances y previsiones del art. 19 de la CPE, de manera que el Tribunal de amparo al haber declarado procedente en parte el recurso respecto a la lesión al derecho de petición, no ha dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.