SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0364/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0364/2005-R

Fecha: 12-Abr-2005

II.4.

II.4.  El 19 de agosto de 2004 la recurrente pidió ante el Juzgado de Partido Cuarto de Familia se emita certificado sobre varios puntos solicitados, entre ellos: “2.- Que, con el citado incidente mi persona no fue citada personalmente, por cuanto la diligencia de fs. 489 vlta.; si bien en su tenor refiere mi citación personal con esta acción incidental, por error a la que citaron fue a mi señora madre Nancy Elizabeth Nogales Claros, aspecto que se puede advertir de la firma asentada en la diligencia”; en la certificación emitida al respecto por la Secretaria del Juzgado citado se señaló “ Al Punto 2.- Es evidente” (fs. 5 a 6).