Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0366/2005-R
Fecha: 14-Abr-2005
El requisito subjetivo
El requisito subjetivo, que es la persona imputada o parte pasiva contra quien se dirige la pretensión penal, adquiriéndose dicha condición desde el primer acto del proceso o desde que haya cualquier sindicación judicial o administrativa, como presunto autor o partícipe de un delito, con capacidad que sólo ostentan las personas físicas, que tengan la aptitud necesaria para participar de modo consciente en el juicio, comprender la acusación formulada y ejercer el derecho de defensa.