SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0366/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0366/2005-R

Fecha: 14-Abr-2005

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente sostiene que el Juez recurrido en el Auto de apertura de juicio ha fijado los hechos a probar, en desconocimiento de los arts. 340, 341, 342 y 343 del CPP, beneficiando al querellante al concederle más de lo solicitado y obligándole a probar lo contrario de los delitos señalados por dicha autoridad, vulnerando su derecho a la defensa, presunción de inocencia y la garantía del debido proceso. Corresponde analizar si lo impetrado se encuentra dentro de los alcances del art. 19 de la CPE, para otorgar o negar la tutela.