Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0378/2005-R
Fecha: 15-Abr-2005
II.3.
II.3. Por la representación efectuada el 12 de junio de 2000, el Oficial de Diligencias informó al Juez Quinto de Partido en lo Civil -hoy recurrido- que se constituyó en el domicilio de las ejecutadas Maria Antonieta Aparicio Silva y Amelia Silva de Aparicio, ubicado en la av. Busch Final calle 2 s/n, con el objeto de citarlas con la demanda y el Auto intimatorio y como éstas no pudieron ser habidas dejó el aviso judicial correspondiente, en manos de una tercera persona que no quiso dar su nombre. Por decreto de 13 del mismo mes y año la autoridad judicial dispuso la citación mediante cédula, según lo dispuesto por el art. 121 del CPC (fs. 5).