Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0387/2005-R
Fecha: 15-Abr-2005
II.5.
II.5. En la Resolución de 15 de abril de 2004 (fs. 14-18), el Tribunal Sumariante señalando que el actor fue notificado con la Resolución de destitución el 12 del mismo mes y año a horas 11:45 no habiendo interpuesto recurso de revocatoria confirmó dicha Resolución en todas sus partes, asimismo declaró la ejecutoria, disponiendo se proceda con el memorando de destitución.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.7.
- Fragmento 11
- III.1.
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico;
- III.2.
- APROBAR