Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0397/2005-R
Fecha: 19-Abr-2005
II.5.
II.5. El 24 de abril de 2000, el Director Nacional de Prevención e Investigación de Robo de Vehículos, mediante nota solicitó al Director Ejecutivo del RUA ingresar al sistema de vehículos robados el listado de vehículos que fueron robados en los países de Perú y Brasil que adjuntó en disquete; entre los cuales, a decir del recurrido, se encontraba el vehículo del recurrente (fs. 48).