SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0399/2005-R
Fecha: 19-Abr-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente solicita tutela de los derechos a la igualdad, al trabajo y al debido proceso, consagrados en los arts. 6.I, 7 inc. d) y 16 de la CPE, que considera fueron vulnerados, pues fue destituido del cargo de Director del Programa de Alimentos y Productos Naturales de la Facultad de Ciencias y Tecnología de la UMSS sin un debido proceso; y se nombró nueva autoridad en ese cargo sin observar las disposiciones reglamentarias al respecto, que disponen un proceso de selección, por tanto coartándole el derecho que tiene a postularse en el proceso de selección en igualdad de condiciones con la persona que fue nombrada como Directora. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.