Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0406/2005-R
Fecha: 20-Abr-2005
Fragmento 3
Añaden, que los vecinos de Villa San Antonio pidieron al Gobierno Municipal de La Paz proceda a la expropiación de los terrenos de propiedad de la familia Mercado, pedido que fue declarado improcedente por el Concejo Municipal a través de la Ordenanza 122/95, autorizándose el descongelamiento sólo del loteo Mercado (sic.), al haberse definido las áreas verdes y de equipamiento.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.1.3. Autoridad y personas recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- rechazó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- la falta de requisitos de forma y contenido en la presentación del recurso de amparo dará lugar a su rechazo,
- II.4.
- SC 549/2004-R
- corresponde revocar la Resolución revisada y declarar la improcedencia del recurso.
- 2º