Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0408/2005-R
Fecha: 20-Abr-2005
II.6.
II.6. El 18 de agosto de 2004, el recurrente pide al Tribunal Disciplinario Departamental de la Policía Nacional que se pronuncie sobre la excepción de incompetencia interpuesta por su persona (fs. 31 a 32 vta.), a cuya consecuencia, dicho Tribunal el 24 de dicho mes, dictó Resolución por la cual declaró infundada la excepción de incompetencia (fs. 36 y vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- APROBAR, con otros fundamentos,