Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0424/2005-R
Fecha: 26-Abr-2005
II.1.
II.1. Por memorando 366/02 de 1 de octubre de 2002, el SEDES de Potosí designó a la recurrente como Cajera 1 del Hospital Daniel Bracamonte (fs. 6); para luego por memorando JRH/HDB-140/04, de 1 de abril, emitido por la Dirección Ejecutiva, Subdirección Administrativa y Financiera y Jefatura de Recursos Humano del Hospital Daniel Bracamonte asignarla para cumplir funciones en el servicio de Laboratorio Clínico (fs. 7).