Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0447/2005-R
Fecha: 28-Abr-2005
II.4.
II.4. El 30 de agosto de 2002, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Cochabamba, emitió Auto de Vista anulando la Sentencia de 21 de febrero de 2002 y declarando a los representados de los recurrentes autores de los delitos de perturbación de posesión y daño calificado, imponiéndoles a cumplir la sanción de tres años y seis meses de reclusión para cada uno y el pago de costas y responsabilidad civil, esto en razón a la apelación presentada contra la Sentencia de primera instancia que omitió fijar el tipo de pena impuesta (fs. 193 a 194).