SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0447/2005-R
Fecha: 28-Abr-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes solicitan la tutela de los derechos de sus representados a la defensa y la garantía del debido proceso, consagrados en el art. 16 de la CPE, denunciando que fueron vulnerados por la autoridad recurrida, puesto que dentro del proceso penal seguido en su contra, prestaron declaraciones indagatorias ante el Juez de Instrucción en lo Penal el 20 de marzo, 24 de marzo y 8 de abril de 1998, sin que en dichas actuaciones hubiesen estado asistidos de sus abogados defensores, posteriormente el 21 de febrero de 2002 el Juez ahora recurrido, dictó Sentencia condenatoria en su contra sin que al hacerlo hubiese analizado si se observaron todos los aspectos legales y si se habían respetaron los derechos de los imputados, y sin observar que estos habían sufrido lesión a sus derechos al no haber sido asistidos por un abogado. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.