Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0448/2005-R
Fecha: 28-Abr-2005
I.2.2. Informe de las autoridades y personas recurridas
En la audiencia, el abogado y apoderado de Rosa Moramay Córdova Simón y Tamara Córdova Simón, señaló que no ha habido violación de los derechos constitucionales de los recurrentes, porque sus representadas son titulares del derecho de propiedad del referido inmueble, pudiendo usar, gozar y disponer de ese bien, mientras que la parte recurrente no ha acreditado que le asista derecho alguno sobre ese inmueble.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades y personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades y personas recurridas
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- 2º