SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0448/2005-R
Fecha: 28-Abr-2005
III.4.
III.4. En cuanto a la actuación de las autoridades recurridas, se evidencia que el Subprefecto demandado ordenó que miembros de la Policía permanezcan en el lugar de los hechos para resguardar la seguridad de las personas, así como que se levante un inventario de las pertenencias propias de los recurrentes; sin embargo, estas órdenes no afectan en absoluto los derechos que invocan los actores; al contrario, estaban orientadas a resguardar el orden y tranquilidad públicas, así como a proteger los bienes y pertenencias de los hoy recurrentes que se encontraban en la vía pública; por consiguiente, no correspondía a la autoridad político-administrativa demandada asumir otro tipo de decisiones, por cuanto corresponde a la autoridad judicial competente dilucidar el litigio respecto al derecho de propiedad sobre dicho inmueble.
En cuanto a la actuación del Notario de Fe Pública de la Localidad de Reyes, se evidencia que éste sólo participó en la inventariación de los enseres que fueron sacados a la vía pública por los recurrentes, mientras que el Policía demandado procedió en el mismo sentido, es decir inventariando los bienes de los actores en cumplimiento de la orden impartida por el Subprefecto, además de haber designado a miembros uniformados para que resguarden el orden en el lugar de los hechos; por su parte, el Fiscal recurrido requirió en sentido de que se deponga la actitud violenta por parte de las demandadas, recomendando que la familia Iriarte Paz permanezca en el inmueble en conflicto mientras la justicia ordinaria se pronuncie al respecto. En consecuencia, no se ha demostrado que las autoridades demandadas hubieran incurrido en vulneración de los derechos fundamentales que invocan los actores.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades y personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades y personas recurridas
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- 2º