Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0448/2005-R
Fecha: 28-Abr-2005
II.2.
II.2. El 6 de julio de 2004, Lombardo Iriarte Bianchi sentó denuncia formal en la Policía de Reyes contra José Juan Córdova, Miramar Córdova, Tamara Córdova y otros por allanamiento de domicilio y saqueo de sus pertenencias (fs. 192), y en la misma fecha el Fiscal recurrido requirió en sentido de que los demandados depongan su actitud y recomendó que la parte demandada continúe en la vivienda hasta que la justicia ordinaria se pronuncie al respecto (fs. 192 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades y personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades y personas recurridas
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- 2º