Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0464/2005-R
Fecha: 28-Abr-2005
Fragmento 4
Los Jueces recurridos presentaron informe escrito que cursa a fs. 33, indicando que el 18 de febrero de 2005, radicó en el tribunal que presiden, el proceso penal 2011992000411318, el que se encuentra en la etapa de actos preparatorios de juicio oral, habiendo el recurrente solicitado en igual fecha, la cesación de la detención preventiva, pedido que fue rechazado por Resolución 17/2005; con el fundamento de que si bien el recurrente cumplió con todos los requisitos que hacen viable la cesación de la detención preventiva; sin embargo existía contradicción en los domicilios señalados.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- Fragmento 4
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- eficaces y oportunos
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata.
- Respecto a la aplicación de la subsidiariedad excepcional en las medidas cautelares por existir medios impugnativos idóneos y eficaces para definir la situación jurídica respecto a la libertad física:
- es un recurso idóneo e inmediato de defensa contra supuestas lesiones y restricciones al derecho a la libertad de los imputados,
- III.2.
- APROBAR