Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0017/2005-CDP
Fecha: 24-May-2005
I.3.
I.3. Mediante memorial presentado el 28 de marzo de 2005 (fs. 180), los recurridos Héctor Escobar Anaya, Antonio Maldonado Maldonado y Rafael Barrero Martínez plantearon “incompetencia de presuntos conjueces”, y solicitaron regularizar el procedimiento por nulidad del Auto de 15 de enero de 2002, que dispuso la apertura del plazo incidental de 8 días, pues aseveraron, que fue firmado por Iván Arana Bustillos y Flora Ormachea vda. de Carpio, sin declarar a que título lo hicieron, ni demostrado su calidad de conjueces. Solicitud a la que se sumó el recurrente por memorial de fs. 189.