SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0478/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0478/2006-R

Fecha: 17-May-2005

II.3.

II.3.  Por memorial de 1 de marzo de 2006, el ahora recurrente, solicitó el desprecintado de su domicilio y devolución de un celular que fue decomisado (fs. 13), mereciendo el requerimiento de 3 del indicado mes, señalando “no ha lugar a lo solicitado, toda vez que no se ha cumplido con el artículo 179 del CPP”. Por su parte, por escrito de 2 de marzo impetró se fije día y hora para la reconstrucción del hecho (fs. 12), requiriéndose el 7 de marzo “se tiene presente lo solicitado y se efectuará en su oportunidad” (fs. 12 vta.).