Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0487/2005-R
Fecha: 06-May-2005
II.2.
II.2. El 12 de febrero de 2005 la Fiscal recurrida presentó imputación formal contra el recurrente y los otros co imputados por los delitos señalados, y solicitó la medida cautelar de detención preventiva con el argumento de existir flagrancia, peligro de fuga y de obstaculización en la averiguación de la verdad (fs. 37 - 39). Celebrada la audiencia de medida cautelar en la misma fecha a horas 10:30, mediante Auto motivado 53/2005, se dispuso la detención preventiva del recurrente (fs. 72-74).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente en parte el recurso sin disponer la libertad del recurrente y sin responsabilidad
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1)
- exigencias y límites infranqueables para los funcionarios policiales, fiscales y jueces cautelares
- Fragmento 14
- Legalidad material de la aprehensión.-
- III.2.
- Para resolver y compulsar si lo aseverado por la parte imputada es o no cierto y si corresponde otorgar o no la cesación,
- III.3.
- APROBAR